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    <identificador>BOCM-20101215-7</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>Consejería de Familia y Asuntos Sociales</departamento>
    <rango>RESOLUCIÓN</rango>
    <fecha_publicacion>2010/12/15</fecha_publicacion>
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    <titulo>Notificación
– Resolución 2469/2010, de 22 de septiembre, de la Dirección-Gerencia, por la que se resuelve rescindir con fecha 30 de septiembre de 2010, el contrato suscrito por doña Margarita Karkanyo Zvezdanova, por no superación del período de prueba</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>299</diario_numero>
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    <seccion>I. COMUNIDAD DE MADRID</seccion>
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  <texto>I. COMUNIDAD DE MADRID 
  B) Autoridades y Personal 
  CONSEJERÍA DE FAMILIA Y ASUNTOS SOCIALES 
 ORGANISMO AUTÓNOMO INSTITUTO MADRILEÑO DEL MENOR Y LA FAMILIA
 
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 RESOLUCIÓN 2469/2010, de 22 de septiembre, de la Dirección-Gerencia, por la que se resuelve rescindir con fecha 30 de septiembre de 2010, el contrato suscrito por doña Margarita Karkanyo Zvezdanova, por no superación del período de prueba. 
  En uso de las atribuciones que me han sido conferidas por las disposiciones vigentes:
  DISPONGO
  De acuerdo con lo establecido en el artículo 20.4 del vigente Convenio Colectivo para el Personal Laboral de la Comunidad de Madrid, y visto el informe de la Dirección de la RI “Nuestra Señora de Lourdes” y de la Dirección de la RI “El Valle”, se resuelve rescindir con ­fecha 30 de septiembre de 2010, el contrato de trabajo de interinidad a tiempo parcial (33,42 por 100) de carácter fijo-discontinuo para cobertura de la vacante número 62586, suscrito por doña Margarita Karkanyo Zvezdanova, NIE número X-5877553-H, con fecha de inicio el 1 de julio de 2010, categoría profesional de Titulado Superior, Área D (Licenciado en Medicina), y destino en Residencias Instituto Madrileño del Menor y la Familia (itinerante), por no superación del período de prueba.
  Contra la presente Resolución cabe interponer, de conformidad con lo establecido en el artículo 69 del Texto Refundido de la Ley de Procedimiento Laboral, en relación a los ­artículos 120 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, reclamación previa a la vía jurisdiccional laboral, ante la Directora-Gerente del Instituto Madrileño del Menor y la Familia.
  Dado en Madrid, a 22 de septiembre de 2010..La Directora-Gerente del Instituto ­Madrileño del Menor y la Familia, Paloma Martín Martín.
  (03/45.855/10)</texto>
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