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    <fecha_publicacion>2010/12/15</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 18. Ejecución 213 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>299</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 18 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 249 
 Ejecución 213 de 2010 
  Doña Pilar Ortiz Martínez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 18 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 213 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María José Cornejo Fernández, contra la empresa “Laminex Madrid, Sociedad Anónima”, sobre ordinario, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva literal es la siguiente:
  En orden a dar efectividad a las medidas concretas solicitadas, acuerdo: Trabar embargo sobre los bienes de la demandada, a tal fin líbrese testimonio de la presente resolución y del auto general de ejecución con comunicación al Servicio Común de Notificaciones y Embargos de los Juzgados de Madrid, al efecto de que por la comisión judicial se proceda al embargo de bienes en cuantía suficiente para cubrir las cantidades por las que se dictó auto general de ejecución, y a quien servirá el presente de mandamiento en forma, pudiendo solicitar, si fuere preciso, el auxilio de la fuerza pública, así como hacer uso de los medios personales y materiales necesarios para poder acceder a los lugares en que se encuentran los bienes cuya traba se pretende.
  Y para el caso de que no se tuviere conocimiento de la existencia de bienes suficientes, diríjanse oficios a los pertinentes organismos y registros públicos, con el fin de que faciliten relación de todos los bienes o derechos de la deudora de que tengan constancia, y se comunique a este Juzgado si por parte de la Hacienda Pública se adeuda alguna cantidad a la ejecutada por el concepto de devolución por el impuesto sobre la renta de las personas físicas, impuesto sobre el valor añadido o cualquier otro, y consúltese la base de datos de la Tesorería General de la Seguridad Social, Agencia Estatal de Administración Tributaria y Dirección General de Tráfico a través del Punto Neutro Judicial.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Laminex Madrid, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 11 de noviembre de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/44.215/10)</texto>
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