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    <identificador>BOCM-20101215-171</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
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    <fecha_publicacion>2010/12/15</fecha_publicacion>
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    <titulo>Coslada número 5. Medidas cautelares coetáneas 277 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>299</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia e Instrucción:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE COSLADA NÚMERO 5</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE COSLADA NÚMERO 5 
 EDICTO
 
 171 
 Medidas cautelares coetáneas 277 de 2010 
  El secretario del Juzgado de primera instancia e instrucción número 5 de Coslada.
  Hago saber: Que en el procedimiento de medidas cautelares coetáneas número 277 de 2010, sobre otras materias, se ha dictado auto del tenor literal siguiente:
  Auto
  Que dicta don Luis Miguel Arroyo Rodríguez, magistrado-juez de primera instancia..En Coslada, a 15 de septiembre de 2010.
  Hechos:
  Primero..Por el procurador de los tribunales don José Montalvo Torrijos, en nombre y representación de la mercantil “Madrid Leasing Corporación, Establecimiento Financiero de Crédito, Sociedad Anónima”, se presentó una solicitud de adopción de medidas cautelares sobre depósito de bien mueble, contra don Marius Dragomir Viorel.
  Segundo..Admitida a trámite la solicitud, se citó a las partes a la vista señalada en el artículo 734 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, a la cual asistió la parte actora y no lo hizo el demandado, pese a estar debidamente citado al efecto; la actora formuló sus alegaciones y se propuso y practicó la prueba documental, tras lo cual se declararon los autos conclusos.
  Parte dispositiva:
  Se estima la adopción de la medida cautelar de depósito del vehículo marca “Audi”, modelo A3, matrícula 0987DVX, y número de bastidor WAUZZZ8P06A15974, en poder de la parte actora, librándose el correspondiente oficio a la Jefatura Provincial de Tráfico, previa prestación de caución en la cuantía de 600 euros en metálico por dicha parte actora.
  Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que la misma no es firme, pudiendo interponer contra ella recurso de apelación, ante este Juzgado, en el plazo de cinco días a contar desde el siguiente al de la notificación de la presente resolución.
  Así por este mi auto lo acuerdo, mando y firmo..Doy fe.
  Y como consecuencia del ignorado paradero de don Marius Dragomir Viorel se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.
  Coslada, a 16 de septiembre de 2010..El secretario (firmado).
  (02/11.862/10)</texto>
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