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    <fecha_publicacion>2010/12/13</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 26. Demanda 1.354 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>297</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 26</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 26 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 95 
 Demanda 1.354 de 2009 
  Doña Ángela Pardo Crespo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 26 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.354 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Cristina Parrales Ramírez, don Leonard Gust Lébel Legua Benavente, don Efrén Jamil Condolo Condolo, don Antonio Romero Gómez, doña Francisca Alonso Montalvo y doña Naiara Ruperto Martínez, contra la empresa “Soluciones en Textiles Digitales, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado sentencia, cuya parte dispositiva es la siguiente:
  En Madrid, a 25 de octubre de 2010..Doña María Henar Merino Senovilla, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 26 de Madrid, tras haber visto los presentes autos, sobre ordinario, entre partes: de una, y como demandante, doña Cristina Parrales Ramírez, don Leonard Gust Lébel Legua Benavente, don Efrén Jamil Condolo Condolo, don Antonio Romero Gómez, doña Francisca Alonso Montalvo y doña Naiara Ruperto Martínez, que comparecen, y como demandada, “Soluciones en Textiles Digitales, Sociedad Limitada”, en nombre del Rey ha dictado la siguiente sentencia:
  Fallo
  Que estimando la demanda interpuesta por doña Cristina Parrales Ramírez, don Leonard Gust Lébel Legua Benavente, don Efrén Jamil Condolo Condolo, don Antonio Romero Gómez, doña Francisca Alonso Montalvo y doña Naiara Ruperto Martínez, frente a la empresa “Soluciones en Textiles Digitales, Sociedad Limitada”, como demandada, debo condenar y condeno a la demandada a abonar a los trabajadores las siguientes cantidades por los períodos y los conceptos anteriormente reconocidos (y detallados en el hecho segundo de la demanda), más el 10 por 100 de intereses de mora establecidos lealmente.
  A doña Cristina Parrales Ramírez: la cantidad de 7.452,30 euros.
  A don Leonard Gust Lébel Legua Benavente: la cantidad de 862,92 euros.
  A don Efrén Jamil Condolo Condolo: la cantidad de 4.207,60 euros.
  A don Antonio Romero Gómez: la cantidad de 8.324,07 euros.
  A doña Francisca Alonso Moltalvo: la cantidad de 6.038,59 euros.
  A doña Naiara Ruperto Martínez: la cantidad de 1.582,32 euros.
  Y, asimismo, se condena a la demandada a estar y pasar por la presente resolución con todas las consecuencias legales inherentes a la misma.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Soluciones en Textiles Digitales, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 29 de octubre de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/43.894/10)</texto>
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