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    <fecha_publicacion>2010/12/13</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 38. Demanda 1.648 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 38 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 126 
 Demanda 1.648 de 2009 
  Don Bartolomé Ventura Molina, secretario judicial del Juzgado de lo social número 38 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.648 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Piotr Wilkowski, contra la empresa “Euroservicios de Construcción y Electricidad, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado sentencia de fecha 22 de octubre de 2010, del tenor literal siguiente:
  Fallo
  Estimando la demanda formulada por don Piotr Wilkowski, contra “Euroservicios de Construcción y Electricidad, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, debo condenar y condeno a la empresa demandada a que abone a la parte actora 2.370,44 euros, más el 10 por 100 de la mencionada cantidad en concepto de interés por mora.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Euroservicios de Construcción y Electricidad, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 3 de noviembre de 2010..El secretario judicial (firmado).
  (03/43.847/10)</texto>
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