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    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MATARÓ NÚMERO 1</departamento>
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    <fecha_publicacion>2010/12/10</fecha_publicacion>
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    <titulo>Mataró número 1. Jubilación 685 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>295</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MATARÓ NÚMERO 1</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MATARÓ NÚMERO 1 
 EDICTO
 
 309 
 Jubilación 685 de 2010 
  Por la presente cédula de citación dictada en méritos de resolución de fecha de hoy, en autos instruidos por este Juzgado de lo social, a instancias de doña Antonia Rico Amores, contra Institut Nacional de la Seguretat Social, Tesorería General de la Seguretat Social, “Sociedad Mercantil Estatal Televisión Española, Sociedad Anónima”, y “Creek-Bay Promociones, Sociedad Limitada”, en reclamación de jubilación, seguidos con el número 685 de 2010, se cita a la mencionada empresa “Creek-Bay Promociones, Sociedad Limitada”, de ignorado paradero, para que comparezca ante la Sala de audiencias de este organismo, sito en esta ciudad, el día 2 de mayo de 2011, a las once y quince horas, para celebrar el oportuno acto de conciliación, significándole que, caso de no existir avenencia en tal acto, el juicio, en única convocatoria, se celebrará a continuación, y al que concurrirá con los medios de prueba de que intente valerse, advirtiéndole que no se suspenderá el juicio por falta de asistencia de la demandada debidamente citada, y de que caso de incomparecencia de la parte demandada podrá ser tenida por confesa.
  Lo que se hace público por medio del BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, a los efectos pertinentes, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se realizarán en estrados, salvo aquellas que revistan forma de auto o sentencia, de acuerdo con lo establecido en el artículo 59 de la Ley de Procedimiento Laboral.
  En Mataró, a 11 de noviembre de 2010..La secretaria en sustitución, Olga Hernández Mateo.
  (03/44.861/10)</texto>
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