<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20101210-298</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 2</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2010/12/10</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Móstoles número 2. Demanda 906 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>15</pagina_inicial>
    <pagina_final>15</pagina_final>
    <diario_numero>295</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/2010-12-10-295301120100382</url_html>
    <url_xml>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/12/10/BOCM-20101210-298.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/12/10/BOCM-20101210-298.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/12/10/BOCM-20101210-298.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 2</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 2 
 EDICTO
 
 298 
 Demanda 906 de 2010 
  Doña María Isabel Cano Campaña, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 2 de Móstoles.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 906 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Francisco Javier Fernández Ponce, contra la empresa “Asesoría, Revisiones y Diagnósticos, Sociedad Anónima”, sobre despido, se ha dictado sentencia, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:
  Estimando la demanda interpuesta por don Francisco Javier Fernández Ponce, contra “Asesoría, Revisiones y Diagnósticos, Sociedad Anónima”, en reclamación por despido, debo declarar y declaro improcedente el despido de que fue objeto el demandante el día 14 de junio de 2010, declarando la extinción de la relación laboral existente entre las partes con efecto de esta misma fecha, condenando a la empresa demandada a abonar al actor una indemnización en cuantía de 15.613,50 euros; condenándola, asimismo, al abono de los salarios dejados de percibir, ascendentes a otros 4.698,92 euros.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Asesoría, Revisiones y Diagnósticos, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Móstoles, a 9 de noviembre de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/43.798/10)</texto>
</documento>