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    <titulo>Madrid número 34. Demanda 1.829 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>295</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 34 
 EDICTO
 
 271 
 Demanda 1.829 de 2009 
  Don Fernando Benítez Benítez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 34 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.829 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Bondoc Liviu, contra la empresa “Indelsa Instalaciones, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado providencia de fecha 25 de junio de 2010, del tenor literal siguiente:
  Habiendo advertido al tiempo de dictar sentencia que las cantidades que reclama el demandante no son coherentes entre sí procede conferir a la parte demandante el plazo de cinco días bajo apercibimientos de archivo o de tenerla por desistida de los conceptos no concretados a fin de que:
  1.  Exponga cuál es el salario bruto mensual total (con prorrata de pagas extraordinarias) y ordinario (sin ella) que corresponde al actor, desglosando ambos por conceptos.
  2.  Desglose y explique el cálculo de cada uno de los importes incluidos en el hecho segundo de la demanda haciendo constar en bruto los conceptos adeudados debidamente desglosados por conceptos (salario base, plus actividad, plus extrasalarial y, en su caso, mejora voluntaria) y poniendo de manifiesto cuál es el número de días naturales y de días laborales que se toma en cuenta para el cálculo de cada uno de los conceptos.
  3.  Concrete cuál es la actividad de la empresa y el convenio que le es de aplicación.
  Contra esta resolución no cabe recurso alguno, ni siquiera el de reposición.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Indelsa Instalaciones, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 3 de noviembre de 2010..El secretario judicial (firmado).
  (03/43.691/10)</texto>
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