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    <fecha_publicacion>2010/12/10</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 29. Demanda 920 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>295</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 29 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 258 
 Demanda 920 de 2010 
  Doña Elena Mónica de Celada Pérez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 29 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 920 de 2010 y acumulados de este Juzgado de lo social, seguidos a instancias de don Juan Miguel Martínez de Blas, don Miguel Ángel Migallón Orgaz (demanda número 922 de 2010), don Julián Migallón Orgaz (demanda número 923 de 2010), don Mario Panozo Alcocer (demanda número 924 de 2010), don José Aníbal Recalde Heredia (demanda número 925 de 2010), don Pillajo Eres Segundo Gonzalo (demanda número 926 de 2010), don Pablo Jacinto Asunción Sánchez (demanda número 927 de 2010) y don Édgar Bolívar Anchaluisa Quishpe (demanda número 928 de 2010), contra la empresa “Mármoles Piedranor, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:
  Acuerdo:
  a)  Admitir a trámite las demandas presentadas por don Juan Miguel Martínez de Blas, don Miguel Ángel Migallón Orgaz, don Julián Migallón Orgaz, don Mario Panozo Alcocer, don José Aníbal Recalde Heredia, don Pillajo Eres Segundo Gonzalo, don Pablo Jacinto Asunción Sánchez y don Édgar Bolívar Anchaluisa Quishpe, frente a “Mármoles Piedranor, Sociedad Limitada”, que se sustanciarán por las reglas del ordinario (cantidad).
  b)  Dese traslado a los actores y a la parte demandada a fin de que en el plazo común de tres días formulen alegaciones a la acumulación a estos autos de los seguidos con el número 922 de 2010 a 928 de 2010, ambos inclusive.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Mármoles Piedranor, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 3 de noviembre de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/43.733/10)</texto>
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