<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20101210-151</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 3</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2010/12/10</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Madrid número 3. Demanda 1.259 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>12</pagina_inicial>
    <pagina_final>12</pagina_final>
    <diario_numero>295</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/2010-12-10-295301120100343</url_html>
    <url_xml>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/12/10/BOCM-20101210-151.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/12/10/BOCM-20101210-151.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/12/10/BOCM-20101210-151.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 3</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 3 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 151 
 Demanda 1.259 de 2010 
  Don Ismael Pérez Martínez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 3 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.259 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Antonio Lara Gismero, contra la empresa “Purma Building Service, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:
  En nombre del Rey ha dictado la siguiente
  Sentencia número 466 de 2010
  En Madrid, a 5 de noviembre de 2010..Su señoría ilustrísima doña Mercedes Gómez Ferreras, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 3 de Madrid, tras haber visto los presentes autos sobre despido, seguidos a instancias de don Antonio Lara Gismero, asistido de la letrada doña María Ángeles Ramos Rodríguez, contra “Purma Building Service, Sociedad Limitada”, que no comparece.
  Fallo
  Debo estimar y estimo la demanda presentada por el actor don Antonio Lara Gismero, contra la empresa demandada “Purma Building Services, Sociedad Anónima”, declaro la improcedencia del despido, y extinguida la relación laboral con efectos del día de hoy y condeno a la empresa demandada a que pague al demandante la indemnización de 34.187,93 euros, más los salarios de tramitación dejados de percibir desde el día del despido (20 de agosto de 2010) hasta la fecha de esta sentencia, a razón de 42,27 euros/día. Con absolución del Fondo de Garantía Salarial, sin perjuicio de sus responsabilidades legales.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Purma Building Service, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 5 de noviembre de 2010..El secretario judicial (firmado).
  (03/43.714/10)</texto>
</documento>