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    <identificador>BOCM-20101209-208</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 23</departamento>
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    <fecha_publicacion>2010/12/09</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 23. Ejecución 275 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>294</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 23</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 23 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 208 
 Ejecución 275 de 2009 
  Doña Eugenia López-Jacoiste Rico, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 23 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 275 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Antonio García Fernández, contra la empresa “Aviis Madrid, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución:
  Decreto
  Secretaria judicial, doña Eugenia López-Jacoiste Rico..En Madrid, a 3 de noviembre de 2010.
  Parte dispositiva:
  Acuerdo: Acordar el embargo del sobrante que, en su caso, pudiera existir una vez realizado el citado bien en el procedimiento número 584 de 2009 seguido ante el Juzgado de primera instancia número 3 de Colmenar Viejo (Madrid).
  Finca..Parcela de terreno número 87, en la zona residencial “Ciudalcampo”, sita en el término municipal de la villa de Colmenar Viejo, lugar conocido como “Pesadilla”, hoy calle Guadarrama, número 5. Comprende una superficie de 2.986,18 metros cuadrados y linda: Sur, parcela número 88; Norte, vía número 11, Guadarrama; Este, parcela número 85 y finca segregada, y Oeste, parcela número 84. Referencia catastral 0083209VK4998S0001JD, que aparece inscrita en pleno dominio a favor de la empresa ejecutada “Aviis Madrid, Sociedad Limitada”.
  En consecuencia, acuerdo librar exhorto al órgano judicial mencionado participándole el embargo del sobrante que, en su caso, pudiere existir e interesándole que, en su caso, participe a este Juzgado el alzamiento de dicho embargo o cualquier otra vicisitud que pudiera afectar a la ejecución o a las medidas de garantía sobre los bienes.
  Asimismo, quedando pendiente de satisfacer en la presente ejecutoria la suma de 18.820,85 euros de principal, más 1.411,56 euros en concepto de intereses y 1.882,08 euros en concepto de costas, estas dos últimas cantidades calculadas provisionalmente, sin perjuicio de su ulterior liquidación, sin que las actuaciones e indagaciones practicadas hayan resultado positivas en orden a la traba de bienes de la ejecutada, procédase a declarar la insolvencia y, antes de ello, conforme a lo previsto en el artículo 274.1 de la Ley de Procedimiento Laboral, dese audiencia a las partes y al Fondo de Garantía Salarial para que en el término de quince días insten lo que a su derecho convenga en orden a la continuación de la ejecutoria designando, en tal caso, bienes concretos de la deudora sobre los que despachar ejecución.
  Notifíquese la presente resolución.
  Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución en el plazo de cinco días hábiles siguientes a su notificación, con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Aviis Madrid, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 3 de noviembre de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/43.581/10)</texto>
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