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    <fecha_publicacion>2010/12/09</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 14. Ejecución 305 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>294</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 14 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 194 
 Ejecución 305 de 2010 
  Doña María Ángeles Charriel Ardebol, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 14 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 305 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Javier Cañón Borrallo, contra la empresa “Excavaciones Eima, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se han dictado auto de embargo de finca y diligencia de ordenación, cuyas partes dispositivas son del tenor literal siguiente:
  Parte dispositiva:
  Se acuerda:
  a)  El embargo del bien inmueble que se describe:
  Finca registral número 6.151 del término de Collado Mediano, parcela 3, urbana ubicada en la calle Camelias, número 6, dedicada a uso de residencia privado.
  Como propiedad de “Excavaciones Eima, Sociedad Limitada”, para responder de la cantidad de 4.967,77 euros, más 993,55 euros para intereses y costas provisionalmente calculados para este procedimiento seguido  instancias de don Javier Cañón Borrallo, contra “Excacaciones Eima, Sociedad Limitada”.
  b)  Librar mandamiento por duplicado al Registro de la Propiedad para que practique anotación preventiva de dicho embargo, expida certificación de haberlo hecho, de la titularidad de los bienes y, en su caso, de sus cargas y gravámenes y comunique a este órgano judicial la existencia de ulteriores asientos que pudieran afectar al embargo anotado, y remitir, asimismo, mandamiento por fax al Registro de la Propiedad a fin de que extienda el correspondiente asiento de presentación.
  c)  Requerir a la ejecutada para que dentro de los diez días siguientes a la notificación de esta resolución cumpla los requerimientos indicados en el segundo fundamento jurídico del presente auto.
  Notifíquese la presente resolución a las partes.
  Diligencia de ordenación de la secretaria judicial, doña María Ángeles Charriel Ardebol..En Madrid, a 5 de noviembre de 2010.
  Quedando pendiente de satisfacer en la presente ejecutoria la suma de 4.967,77 euros de principal y 993,55 euros de intereses y costas sin que las actuaciones e indagaciones practicadas hayan resultado positivas en orden a la traba de bienes de la ejecutada, procédase a dictar insolvencia y antes de ello, conforme lo previsto en el artículo 274.1 de la Ley de Procedimiento Laboral, a dar audiencia a las partes y al Fondo de Garantía Salarial, para que en término de diez días insten lo que a su derecho convenga en orden a la continuación de la ejecutoria designando en tal caso bienes concretos de la deudora sobre los que despachar ejecución.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Excavaciones Eima, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 5 de noviembre de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/43.490/10)</texto>
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