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    <fecha_publicacion>2010/12/06</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 32. Demanda 1.548 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>291</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 32 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 30 
 Demanda 1.548 de 2009 
  Don David Atienza Marcos, secretario judicial del Juzgado de lo social número 32 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.548 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Feliciano Casas Heras, contra las empresas “Suministros e Instalaciones de Carpintería Madrid, Sociedad Anónima”, y “Reformas Doorland, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:
  Sentencia número 1.548 de 2009
  En Madrid, a 15 de octubre de 2010..Doña María Luisa Gil Meana, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 32 de Madrid, tras haber visto los presentes autos sobre ordinario, entre partes: de una, y como demandante, don Feliciano Casas Heras, que comparece representado por el letrado don Antonio Guerrero Labrador, y de otra, como demandadas, “Suministros e Instalaciones de Carpintería Madrid, Sociedad Anónima”, y “Reformas Doorland, Sociedad Limitada”, en nombre del Rey ha dictado la siguiente sentencia:
  Fallo
  Que con estimación de la demanda presentada por don Feliciano Casas Heras, contra “Reformas Doorland, Sociedad Limitada”, debo condenar y condeno a dicha empresa a abonar al actor, por los conceptos de la demanda, 1.140,86 euros, más 114,08 euros de interés por mora y con desestimación de la demanda presentada contra “Suministros e Instalaciones de Carpintería Madrid, Sociedad Anónima”, debo absolver y absuelvo a tal empresa de los pedimentos deducidos en su contra.
  Notifíquese esta sentencia a las partes advirtiendo que con ella no podrán interponer recurso.
  Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.
  Se advierte a las destinatarias que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que les sirva de notificación en legal forma a “Suministros e Instalaciones de Carpintería Madrid, Sociedad Anónima”, y “Reformas Doorland, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 4 de noviembre de 2010..El secretario judicial (firmado).
  (03/43.464/10)</texto>
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