<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20101204-17</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE LEGANÉS NÚMERO 3</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2010/12/04</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Leganés número 3. Juicio de faltas 272 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>2</pagina_inicial>
    <pagina_final>2</pagina_final>
    <diario_numero>290</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/2010-12-04-290241120100203</url_html>
    <url_xml>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/12/04/BOCM-20101204-17.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/12/04/BOCM-20101204-17.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/12/04/BOCM-20101204-17.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia e Instrucción:</organismo>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia e Instrucción:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE LEGANÉS NÚMERO 3</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE LEGANÉS NÚMERO 3 
 EDICTO
 
 17 
 Juicio de faltas 272 de 2010 
  Don José Pacheco Vera, secretario del Juzgado de instrucción número 3 de Leganés.
  Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 272 de 2010 se ha acordado citar a don Abrahán Arenas López a fin de que el día 23 de noviembre de 2010, a las diez y diez horas, asista en la Sala de vistas a la celebración de juicio de faltas número 272 de 2010, seguido por hurto, en calidad de denunciado.
  Se hace saber que deberá comparecer al acto de juicio con todos los medios de prueba de que intente valerse (testigos, documentos, peritos...) y que podrá acudir asistido de letrado, si bien este no es preceptivo.
  Apercibiéndole que de residir en este término municipal y no comparecer ni alegar justa causa que se lo impida, podrá imponérsele una multa, parándole el perjuicio a que hubiere lugar en derecho,  que, en caso de residir fuera de este término podrá dirigir escrito a este Juzgado en su defensa y apoderar a otra persona para que presente en dicho acto las pruebas de descargo que tuviere, conforme a lo dispuesto en el artículo 970 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.
  Y para que conste y sirva de citación a don Abrahán Arenas López, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido el presente en Leganés, a 3 de noviembre de 2010..El secretario (firmado).
  (03/43.386/10)</texto>
</documento>