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    <fecha_publicacion>2010/12/02</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 39. Demanda 903 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>288</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 39</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 39 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 209 
 Demanda 903 de 2010 
  Doña Margarita Martínez González, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 39 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 903 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María Isabel Caballero Sánchez, contra la empresa “Sire Gestión de Suministros, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado la resolución siguiente:
  Sentencia número 421 de 2010
  En Madrid, a 20 de septiembre de 2010..Vistos por su señoría ilustrísima, doña María Luz Rico Recondo, magistrada-juez de lo social número 39 de Madrid, los presentes autos de juicio verbal del orden social de la jurisdicción en materia de reclamación por despido, entre las partes: como demandantes, doña María Isabel Caballero Sánchez, don Juan José Díez Rodríguez, don Luis Cañadas Piqueras, don José Luis Molón Esteban y don Román Rodríguez Hidalgo, asistidos de la letrada doña Clara Tomás Azorín, y como demandada, la empresa “Sire Gestión de Suministros, Sociedad Limitada”.
  Vistos los preceptos legales citados, sus concordantes y demás disposiciones de pertinente y general aplicación,
  Fallo
  Estimando la demanda interpuesta por doña María Isabel Caballero Sánchez, don Juan José Díez Rodríguez, don Luis Cañadas Piqueras, don José Luis Molón Esteban y don Román Rodríguez Hidalgo, frente a la empresa “Sire Gestión de Suministros, Sociedad Limitada”, declaro nulos los despidos de fecha de efectos 25 de mayo de 2010 y resueltos los contratos de trabajo que unían a las partes con efectos de la fecha de esta resolución, condenando a la empresa demandada a que, no siendo posible la readmisión por encontrarse cerrada y sin actividad, abone a los actores las cantidades que en concepto de indemnización y salarios de tramitación se establecen a continuación:
  A doña María Isabel Caballero Sánchez:
  Indemnización: 39.729,60 euros.
  Salarios de tramitación: 7.023,36 euros.
  A don Juan José Díez Rodríguez:
  Indemnización: 27.348,45 euros.
  Salarios de tramitación: 7.418,66 euros.
  A don Luis Cañadas Piqueras:
  Indemnización: 62.181 euros.
  Salarios de tramitación: 11.646,60 euros.
  A don José Luis Molón Esteban:
  Indemnización: 7.889,06 euros.
  Salarios de tramitación: 5.516,50 euros.
  A don Román Rodríguez Hidalgo:
  Indemnización: 26.143,57 euros.
  Salarios de tramitación: 7.760,86 euros.
  Notifíquese la presente sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma pueden interponer recurso de suplicación en el plazo y con las formalidades que se establecen en el texto refundido de la Ley de Procedimiento Laboral.
  Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Sire Gestión de Suministros, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón de anuncios de este Juzgado.
  En Madrid, a 20 de octubre de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/43.200/10)</texto>
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