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    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
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    <fecha_publicacion>2010/12/02</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 37. Demanda 795 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>288</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 37</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 37 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 203 
 Demanda 795 de 2009 
  Doña Blanca Galache Díez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 37 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 795 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Teresa Barallobre Cordón, contra la empresa “Dezacón Market, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:
  Sentencia número 314 de 10
  En Madrid, a 7 de julio de 2010..Don Marcos Ramos Valles, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 37 de Madrid, tras haber visto los presentes autos sobre ordinario entre partes, de una y como demandante doña Teresa Barallobre Cordón, y de otra, como demandada “Dezacón Market, Sociedad Limitada”, en nombre del Rey ha dictado la siguiente sentencia:
  Fallo
  Que estimando la demanda formulada por doña Teresa Barallobre Cordón, frente a “Dezacón Market, Sociedad Limitada”, debo condenar y condeno a la demandada a abonar a la actora la suma de 1.958,12 euros incrementada con el interés moratorio del 10 por 100 anual.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Dezacón Market, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 2 de noviembre de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/42.993/10)</texto>
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