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    <fecha_publicacion>2010/12/02</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 36. Demanda 198 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>288</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 36 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 194 
 Demanda 198 de 2010 
  Doña María José Ortiz Rodríguez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 36 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 198 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Pedro Rodríguez Badillo, contra la empresa “Capeans, Sociedad Anónima”, “Distribuciones Comerciales Van Rym, Sociedad Limitada”, Fondo de Garantía Salarial, Jesús María Verdes Lezana, don Pedro Bautista Martín, y don Lucio Edilberto Freire, sobre ordinario, se ha dictado sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
  Fallo
  Que estimando la demanda formulada por don Pedro Rodríguez Badillo, contra las empresas “Capeans, Sociedad Anónima”, y “Distribuciones Comerciales Van Rym, Sociedad Limitada”, representadas por los administradores concursales don Jesús María Verdes Lezana, don Pedro Bautista Martín y don Lucio Edilberto Freire, en materia de reclamación de cantidad, con intervención del Fondo de Garantía Salarial, debo condenar y condeno a las empresas “Capeans, Sociedad Anónima”, y “Distribuciones Comerciales Van Rym, Sociedad Limitada”, a abonar a don Pedro Rodríguez Badillo la cantidad de 1.787,48 euros, más el interés legal de demora del 10 por 100 anual sobre esta cantidad, obligándole a estar y pasar por dicho pronunciamiento.
  Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.
  Se advierte a las destinatarias que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que les sirva de notificación en legal forma a “Capeans, Sociedad Anónima”, y “Distribuciones Comerciales Van Rym, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 26 de octubre de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/42.802/10)</texto>
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