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    <fecha_publicacion>2010/12/02</fecha_publicacion>
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    <titulo>Torrejón de Ardoz número 8. Juicio de faltas 403 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>288</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE TORREJÓN DE ARDOZ NÚMERO 8</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE TORREJÓN DE ARDOZ NÚMERO 8 
 EDICTO
 
 145 
 Juicio de faltas 403 de 2010 
  Don José Antonio Rincón Mora, secretario del Juzgado de instrucción número 8 de Torrejón de Ardoz.
  Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 403 de 2010 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:
  Sentencia número 142 de 2010
  Que se pronuncia en nombre de Su Majestad el Rey, en el ejercicio de la potestad jurisdiccional que la Constitución y el pueblo otorgan..En Torrejón de Ardoz, a 18 de julio de 2010.
  Doña María Teresa Rubio Cabrero, magistrada-juez de instrucción del número 6 de Torrejón de Ardoz, habiendo visto y oído los autos de juicio verbal rápido de faltas seguidos al número 403 de 2010, en los que se ha formulado denuncia contra don Manuel Moeda Díaz y doña María Lourdes Barbero Martínez, interviniendo también el ministerio fiscal en representación de la acción pública, y doña Isabel Ferras Pulido y don Ángel Alonso López, en calidad de denunciantes-perjudicados.
  Fallo
  Que debo absolver y absuelvo a don Manuel Moeda Díaz y doña María Lourdes Barbero Martínez, como autores responsables de la falta indicada de lesiones, con todos los pronunciamientos favorables.
  Se declara de oficio las costas procesales, si las hubiera.
  Únase la presente sentencia al libro correspondiente, dejando testimonio de ella en el procedimiento de referencia. Entréguese copia de la misma a las partes.
  Así lo pronuncia, manda y firma doña María Teresa Rubio Cabrero, magistrada-juez de instrucción.
  Recursos
  Contra esta sentencia, dictada en juicio verbal de faltas, cabe interponer recurso de apelación, que deberá presentarse en este Juzgado en el plazo de cinco días a partir de la última notificación para que surta sus efectos ante la correspondiente Audiencia Provincial.
  Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Manuel Moeda Díaz, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Torrejón de Ardoz, a 2 de noviembre de 2010..El secretario (firmado).
  (03/43.264/10)</texto>
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