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    <fecha_publicacion>2010/12/02</fecha_publicacion>
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    <titulo>Leganés número 7. Juicio de faltas 15 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>288</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia e Instrucción:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE LEGANÉS NÚMERO 7</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE LEGANÉS NÚMERO 7 
 EDICTO
 
 140 
 Juicio de faltas 15 de 2009 
  Doña María de los Ángeles González Rodríguez, secretaria del Juzgado de instrucción número 7 de Leganés.
  Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 15 de 2009 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:
  En Leganés, a 7 de enero de 2009..Vistos por mí, doña María Begoña García Muñoz, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia e instrucción número 7 de Leganés, los presentes autos de juicio inmediato de faltas número 15 de 2009, seguidos por la presunta falta de hurto, en los que han sido partes: el ministerio fiscal, en representación de la acción pública; como denunciante, don Carlos Amaro Yáñez; como perjudicado, representante legal del establecimiento “Eroski”, y como denunciado, don Diego Becerra Rosado, he venido a dictar la presente resolución a la que sirve de base el siguiente
  Fallo
  Que debo condenar y condeno a don Diego Becerra Rosado, como autor responsable de una falta de hurto, en grado de tentativa, prevista y penada en el artículo 623.1 del Código Penal, a la pena de un mes de multa, con cuotas diarias de 6 euros, con el apercibimiento expreso de que, en el caso de impago, por cada dos cuotas impagadas deberá cumplir un día de privación de libertad en centro penitenciario, y al pago de las costas causadas en la tramitación del presente procedimiento, si las hubiere.
  Hágase entrega definitiva al establecimiento comercial de los efectos intervenidos.
  Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma podrán interponer recurso de apelación en el plazo de cinco días ante este mismo Juzgado y para ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid.
  Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Diego Becerra Rosado, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Leganés, a 26 de octubre de 2010..La secretaria (firmado).
  (03/43.049/10)</texto>
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