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    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MÓSTOLES NÚMERO 1</departamento>
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    <fecha_publicacion>2010/12/02</fecha_publicacion>
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    <titulo>Móstoles número 1. Procedimiento ordinario 1.361 de 2009-1</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>288</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MÓSTOLES NÚMERO 1</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MÓSTOLES NÚMERO 1 
 EDICTO
 
 107 
 Procedimiento ordinario 1.361 de 2009-1 
  En el procedimiento ordinario seguido en este Juzgado bajo el número 1.361 de 2009-1, a instancias de doña María Victoria Ramos Fero y don Julio Núñez Giralda, contra “Inmobiliaria V. Iglesias Armada, Sociedad Anónima”, se ha dictado la sentencia en fecha 13 de octubre de 2010, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
  Que estimando la demanda interpuesta por los demandantes, declaro el dominio de los cónyuges doña María Victoria Ramos Ferro y don Julio Núñez Giralda sobre la plaza de garaje número 25 del “Parque Iviasa 3”, calle Rubens, sin número, en planta semisótano, primera en construcción, de la fase I de la urbanización “Iviasa 3”, la cual forma parte proindiviso de la finca número 5.337 del tomo 1.243, libro 50 (antes número 75.027 del tomo 1.000) del Registro de la Propiedad número 4 de Móstoles; librándose el mandamiento correspondiente al Registro de la Propiedad número 4 de Móstoles para llevar a efecto la inscripción de dominio de los demandantes en los términos establecidos por esta sentencia. En orden a las costas procesales, no procede efectuar expreso pronunciamiento.
  Notifíquese a las partes, con indicación de que podrán interponer recurso de apelación dentro de los cinco días siguientes, y ante este Juzgado, siendo exigible el depósito de la cantidad de 50 euros en la “Cuenta de consignaciones” de este Juzgado como requisito necesario para la admisión a trámite del recurso.
  Y para que sirva de notificación en forma a “Inmobiliaria V. Iglesias Armada, Sociedad Anónima” (IVIASA), que se encuentra en ignorado paradero, mediante su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, se extiende la presente en Móstoles, a 28 de octubre de 2010..El secretario (firmado).
  (02/11.335/10)</texto>
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