<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20101201-202</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 24</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2010/12/01</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Madrid número 24. Demanda 401 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>12</pagina_inicial>
    <pagina_final>12</pagina_final>
    <diario_numero>287</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/2010-12-01-287221120100180</url_html>
    <url_xml>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/12/01/BOCM-20101201-202.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/12/01/BOCM-20101201-202.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/12/01/BOCM-20101201-202.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 24</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 24 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 202 
 Demanda 401 de 2010 
  Doña Marta Menárguez Salomón, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 24 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 401 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Marta Angulo Izquierdo, contra la empresa “Pladux, Sociedad Anónima”, sobre ordinario, se ha dictado sentencia de fecha 27 de octubre de 2010, cuya parte dispositiva es la siguiente:
  Sentencia número 475 de 2010
  En Madrid, a 27 de octubre de 2010..Doña Susana García Santa Cecilia, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 24 de Madrid, tras haber visto los presentes autos número 401 de 2010, sobre reclamación de cantidad, en los que han sido partes: como demandante, doña Marta Angulo Izquierdo, representada por la letrada doña Belén Crespo Jiménez, y como demandados, la empresa “Pladux, Sociedad Anónima”, y Fondo de Garantía Salarial, ambos no comparecen al acto de juicio, en nombre de Su Majestad el Rey ha dictado la siguiente sentencia:
  Fallo
  Que estimando la demanda interpuesta por doña Marta Angulo Izquierdo, contra la empresa “Pladux, Sociedad Anónima”, y Fondo de Garantía Salarial, debo declarar y declaro el derecho de la demandante a percibir la cantidad de 9.072,01 euros por los conceptos que se dicen en el hecho probado segundo de esta sentencia, así como la que corresponda en concepto de intereses de mora, condenando a los demandados a estar y pasar por esta declaración, y a la empresa demandada, a estar y pasar por esta declaración, y a abonar a la demandante el citado importe. Se absuelve al Fondo de Garantía Salarial.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Pladux, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 27 de octubre de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/42.960/10)</texto>
</documento>