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    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 7</departamento>
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    <fecha_publicacion>2010/12/01</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 7. Demanda 807 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>287</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 7 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 157 
 Demanda 807 de 2010 
  Doña María José Farelo Gómez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 7 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 807 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Concepción Fernández Illán, contra la empresa “Grupo Empresarial Miralmonte, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado la siguiente sentencia:
  Que estimando como estimo la demanda presentada por doña Concepción Fernández Illán, contra la empresa “Grupo Empresarial Miralmonte, Sociedad Limitada”, debo declarar y declaro improcedente el despido de la actora y extinguida la relación laboral existente entre las partes con efectos de 8 de septiembre de 2010, y debo condenar y condeno a la demandada a estar y pasar por estas declaraciones y a que abone a la actora la cantidad de 6.399,36 euros de indemnización y de 3.766,29 euros por salarios de tramitación.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Grupo Empresarial Miralmonte, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 2 de noviembre de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/43.322/10)</texto>
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