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    <departamento>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 82</departamento>
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    <fecha_publicacion>2010/12/01</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 82. Procedimiento ordinario 466 de 2006</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>287</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 82</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 82 
 EDICTO
 
 131 
 Procedimiento ordinario 466 de 2006 
  Doña Carmen Gómez Souto, secretaria del Juzgado de primera instancia número 82 de Madrid.
  Hago saber: Que en este Juzgado, y bajo el número 466 de 2006, se siguen autos de procedimiento ordinario, en los que se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:
  Sentencia número 6 de 2008
  En Madrid, a 17 de enero de 2008..Don Félix Juan Salgado Suárez, magistrado-juez sustituto del Juzgado de primera instancia número 82 de Madrid, vistos los presentes autos seguidos bajo el número 466 de 2006, promovidos por la mercantil “Laina Tour, Sociedad Limitada”, representada por el procurador de los tribunales don Eduardo Muñoz Barona y asistida por el letrado don Antonio Fernández López, y seguido contra don José Elías Sunca Batista y “Mapfre, Mutualidad de Seguros y Reaseguros a Prima Fija”, esta última representada por el procurador de los tribunales don Federico Ruipérez Palomino y asistida por el letrado don José Antonio Sanz Graza, ha procedido a dictar la presente resolución.
  Fallo
  Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por el procurador de los tribunales don Eduardo Muñoz Barona, en nombre y representación de la mercantil “Laina Tour, Sociedad Limitada”, debo condenar y condeno a don José Elías Suncar Batista y a “Mapfre, Mutualidad de Seguros y Reaseguros a Prima Fija”, a abonar de forma solidaria a la actora la suma de 3.541,05 euros, más los intereses leales de la indicada cantidad, y los especiales del artículo 20 de la Ley del Contrato de Seguro, por lo que respecta a la entidad aseguradora, abonando cada parte las costas causadas a su instancia y las comunes por la mitad.
  Así por esta sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
  En virtud de lo acordado en los autos de referencia, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4, 164 y 497 de la Ley de Enjuiciamiento Civil 1/2000, por el presente se notifica a don José Elías Suncar Batista, en situación de rebeldía procesal, la sentencia de fecha 17 de enero de 2008, haciéndole saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación, ante la Audiencia Provincial de Madrid, en el término de cinco días, limitándose el escrito a citar la resolución apelada, así como a manifestar la voluntad de la parte de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que se impugnan.
  En Madrid, a 6 de marzo de 2010..La secretaria (firmado).
  (02/11.422/10)</texto>
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