<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20101130-83</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>MANZANARES EL REAL</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2010/11/30</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>– Manzanares el Real. Régimen económico. Modificación créditos 12 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>7</pagina_inicial>
    <pagina_final>7</pagina_final>
    <diario_numero>286</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/2010-11-30-286221120100281</url_html>
    <url_xml>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/11/30/BOCM-20101130-83.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/11/30/BOCM-20101130-83.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/11/30/BOCM-20101130-83.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>MANZANARES EL REAL</organismo>
  </analisis>
  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE MANZANARES EL REAL 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
 83 
 Modificación créditos 12 de 2010 
  El Pleno del Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 4 de noviembre de 2010, acordó la aprobación inicial del expediente de modificación de créditos número 12/2010, con la modalidad de crédito extraordinario, financiado mediante nuevos ingresos no previstos en el presupuesto en vigor.
  Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 169.1, por remisión del artículo 179.4 del Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se somete el expediente a información pública por el plazo de quince días a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.
  Si transcurrido dicho plazo no se hubiese presentado alegaciones se considerará aprobado definitivamente dicho acuerdo.
  En Manzanares el Real, a 8 de noviembre de 2010..El alcalde, Óscar Cerezal Orellana.
  (03/43.168/10)</texto>
</documento>