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    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
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    <fecha_publicacion>2010/11/30</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Majadahonda. Organización y funcionamiento. Modificación ordenanza municipal medio ambiente</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>286</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>MAJADAHONDA</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE MAJADAHONDA 
 ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
 
 82 
 Modificación ordenanza municipal medio ambiente 
  En relación con la aprobación inicial de la modificación de la ordenanza municipal de medio ambiente del Ayuntamiento de Majadahonda para suprimir el emplazamiento de “Zona Saturada”, con fecha 27 de octubre de 2010, el Pleno de la Corporación, adoptó el siguiente acuerdo:
  Primero..Aprobar inicialmente la modificación del texto de la ordenanza municipal de medio ambiente del Ayuntamiento de Majadahonda, consistente en la supresión del emplazamiento de “Zona Saturada” establecido en el anexo “0” (“Condiciones específicas para establecimientos hoteleros, hosteleros y de uso recreativo”, aprobada definitivamente por acuerdo plenario de 21 de julio de 2005 y que fuera objeto de otra posterior modificación por acuerdo plenario de aprobación definitiva de 28 de julio de 2010”), así como en la supresión del régimen de distancias para la radicación de los negocios de usos hosteleros con la excepción de los bares especiales (bares de copas con o sin actuaciones musicales en directo), discotecas y salas de baile, manteniendo el resto de normas contenidas en el citado anexo “0”.
  Segundo..Someter este acuerdo a información pública mediante publicación en el tablón de edictos, BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y audiencia a los interesados por un plazo mínimo de treinta días para la presentación de reclamaciones y sugerencias que se estimen oportunas.
  De no presentarse ninguna reclamación o sugerencia, tras la nueva redacción dada por la Ley 11/1999, al artículo Ley Reguladora de Bases de Régimen Local, se entenderá definitivamente adoptado, el acuerdo hasta entonces provisional, sin necesidad de pronunciamiento expreso por el Pleno de la Corporación.
  Majadahonda, a 8 de noviembre de 2010..El alcalde-presidente, Narciso de Foxá Alfaro.
  (03/43.100/10)</texto>
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