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    <fecha_publicacion>2010/11/30</fecha_publicacion>
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    <titulo>Parla número 3. Divorcio contencioso 1 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE PARLA NÚMERO 3</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE PARLA NÚMERO 3 
 EDICTO
 
 139 
 Divorcio contencioso 1 de 2009 
  En los autos de divorcio contencioso número 1 de 2009, seguidos a instancias de doña Cristina Martínez Brito, frente a don Stalin Víctor Martínez Gómez, se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo es del siguiente tenor literal:
  Sentencia
  En Parla, a 15 de junio de 2010..Vistos por doña Aurora de Blas Hernández, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia e instrucción número 3 de Parla, los presentes autos de divorcio, seguidos en este Juzgado con el número 1 de 2009, a instancias de doña Cristina Martínez Brito, representada por la procuradora señora Aguado Ortega y asistida de la letrada doña Amalia Alejandre.
  Fallo
  En la demanda interpuesta por la procuradora señora Aguado Ortega, en nombre y representación de doña Cristina Martínez Brito, en concepto de demandante, y como demandado don Stalin Víctor Martín Gómez, hago los siguientes pronunciamientos.
  1.  Declaro disuelto, por divorcio, el matrimonio entre los mencionados.
  2.  Todo ello sin hacer expreso pronunciamiento en cuanto a las costas causadas.
  Firme que sea esta resolución, líbrese oficio exhortatorio al encargado del Registro Civil, al que se acompañará testimonio de ella, a fin de que proceda a anotar su parte dispositiva en la correspondiente inscripción de matrimonio, y poniendo en las actuaciones certificación de la misma, inclúyase la presente en el libro de sentencias.
  Esta sentencia no es firme y contra ella puede interponerse recurso de apelación, ante este Juzgado, en el plazo de cinco días a partir de su notificación.
  Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
  Y para que sirva de notificación al demandado rebelde don Stalin Víctor Martínez Gómez, cuyo domicilio es desconocido, y para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido y firmo el presente.
  En Parla, a 22 de octubre de 2010. Doy fe..El secretario (firmado).
  (03/42.506/10)</texto>
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