<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20101129-166</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 20</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2010/11/29</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Madrid número 20. Demanda 273 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>7</pagina_inicial>
    <pagina_final>7</pagina_final>
    <diario_numero>285</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/2010-11-29-285191120100460</url_html>
    <url_xml>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/11/29/BOCM-20101129-166.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/11/29/BOCM-20101129-166.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/11/29/BOCM-20101129-166.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 20</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 20 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 166 
 Demanda 273 de 2010 
  Doña Almudena Ortiz Martín, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 20 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 273 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Rafael Edgardo Dávalos Navarrete, don David Colás Lorenzo, doña Elisa Mercedes Fernández Vélez, doña Elena Raducanu y doña Karina Viviana Cruz Wulff, contra la empresa “Ramón de la Cruz 57, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado sentencia de fecha 27 de octubre de 2010, cuya parte dispositiva es la siguiente:
  Sentencia número 562 de 2010.
  En Madrid, a 27 de octubre de 2010..Vistos por doña Teresa Orellana Carrasco, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 20 de Madrid y su provincia, los presentes autos sobre ordinario, seguidos con el número 273 de 2010, entre partes: de una, y como demandante, don Rafael Edgardo Dávalos Navarrete, don David Colás Lorenzo, doña Elisa Mercedes Fernández Vélez, doña Elena Raducanu y doña Karina Viviana Cruz Wulff, y de otra, como demandada, la empresa “Ramón de la Cruz 57, Sociedad Limitada” (“Balboa Social Club”) y siendo parte el Fondo de Garantía Salarial que no comparecen pese a estar citados en legal forma y,
  Fallo
  Que estimando la demanda interpuesta por don Rafael Edgardo Dávalos Navarrete, don David Colás Lorenzo, doña Elisa Mercedes Fernández Vélez, doña Elena Raducanu y doña Karina Viviana Cruz Wulff, contra la empresa “Ramón de la Cruz 57, Sociedad Limitada” (“Balboa Social Club”), y siendo parte el Fondo de Garantía Salarial que no comparecen pese a estar citados en legal forma, debo condenar y condeno a la demandada a abonar:
  A don Rafael Edgardo Dávalos Navarrete: la suma de 8.095,46 euros.
  A don David Colás Lorenzo: la suma de 5.962,25 euros.
  A doña Elisa Mercedes Fernández Vélez: la suma de 4.192,27 euros.
  A doña Elena Raducanu: la suma de 4.996,02 euros.
  A doña Karina Viviana Cruz Wulff: la suma de 5.771,78 euros.
  Cantidades que se incrementarán en un 10 por 100 de interés de mora.
  En cuanto al Fondo de Garantía Salarial habrá de estar y pasar por esta declaración.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Ramón de la Cruz 57, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 27 de octubre de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/42.400/10)</texto>
</documento>