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    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 34</departamento>
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    <fecha_publicacion>2010/11/26</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 34. Ejecución 248 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>283</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 34</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 34 
 EDICTO
 
 250 
 Ejecución 248 de 2010 
  Don Fernando Benítez Benítez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 34 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 248 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Wili Zárate Barrientos, contra la empresa “Challenges To Overcome, Sociedad Limitada”, sobre despido, se han dictado auto y decreto de fecha 21 de octubre de 2010 del tenor literal siguiente:
  Auto
  Magistrado-juez de lo social, don Antonio Seoane García..En Madrid, a 21 de octubre de 2010.
  Parte dispositiva:
  Dispongo: Despachar orden general de ejecución de sentencia a favor de la parte ejecutante don Wili Zárate Barrientos, frente a “Challenges To Overcome, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, parte ejecutada, por importe de 7.076 euros en concepto de principal, más otros 423,96 euros y 707,60 euros que se fijan provisionalmente en concepto de intereses que, en su caso, puedan devengarse durante la ejecución y las costas de esta, sin perjuicio de su posterior liquidación.
  Decreto
  Secretario judicial, don Fernando Benítez Benítez..En Madrid, a 21 de octubre de 2010.
  Parte dispositiva:
  En orden a dar efectividad a las medidas concretas solicitadas, acuerdo: Requerir a “Challenges To Overcome, Sociedad Limitada”, a fin de que en el plazo de cinco días, manifieste relacionadamente bienes y derechos suficientes para cubrir la cuantía de la ejecución, con expresión, en su caso, de las cargas y gravámenes, así como en el caso de inmuebles, si están ocupados, por qué personas y con qué título, bajo apercibimiento de que, en caso de no verificarlo, podrá ser sancionada, cuando menos, por desobediencia grave en caso de que no presente la relación de sus bienes, incluya en ella bienes que no sean suyos, excluya bienes propios susceptibles de embargo o no desvele las cargas y gravámenes que sobre ellos pesaren, y podrán imponérsele también multas coercitivas periódicas.
  Librar los despachos pertinentes a fin de que se remita a este órgano relación de bienes y derechos de la parte ejecutada “Challenges to Overcome, Sociedad Limitada”, despachos que se remitirán a las oficinas de colaboración correspondientes.
  Notifíquese la presente resolución.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en el tablón de anuncios de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Challenges To Overcome, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 21 de octubre de 2010..El secretario judicial (firmado).
  (03/42.218/10)</texto>
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