<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20101126-215</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 20</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2010/11/26</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Madrid número 20. Ejecución 226 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>12</pagina_inicial>
    <pagina_final>12</pagina_final>
    <diario_numero>283</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/2010-11-26-283171120100224</url_html>
    <url_xml>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/11/26/BOCM-20101126-215.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/11/26/BOCM-20101126-215.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/11/26/BOCM-20101126-215.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 20</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 20 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 215 
 Ejecución 226 de 2010 
  Doña Almudena Ortiz Martín, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 20 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 226 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Rachid Harimi, contra la empresa “Turhan Raset 81, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:
  Decreto
  Secretaria judicial, doña Almudena Ortiz Martín..En Madrid, a 25 de octubre de 2010.
  Parte dispositiva:
  Acuerdo: Retener los saldos a favor de la ejecutada “Turhan Raset 81, Sociedad Limitada”, en las siguientes entidades, y ello en cuanto sean suficientes para cubrir la suma de las cantidades reclamadas, a saber: 1.984,25 euros de principal e intereses ordinarios y 198,42 euros y 198,42 euros presupuestados provisionalmente para intereses y costas.
  Librar los oficios necesarios a las entidades bancarias y/o de crédito en los que se hará constar la orden de retención, con los apercibimientos legales que para el caso de incumplimiento de esta orden pudiera incurrir el receptor de la misma, quien deberá expedir recibo acreditativo de la recepción de la orden y quien deberá hacer constar las cantidades que el ejecutado, en ese instante, dispusiere en tal entidad. Dicho acuse de recibo será devuelto y se remitirá directamente a este órgano judicial.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en el tablón de anuncios de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento, que se harán por BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Turhan Raset 81, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 25 de octubre de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/42.070/10)</texto>
</documento>