<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20101126-139</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MÓSTOLES NÚMERO 2</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2010/11/26</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Móstoles número 2. Juicio de faltas 244 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>11</pagina_inicial>
    <pagina_final>11</pagina_final>
    <diario_numero>283</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/2010-11-26-283101120100041</url_html>
    <url_xml>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/11/26/BOCM-20101126-139.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/11/26/BOCM-20101126-139.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/11/26/BOCM-20101126-139.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Instrucción:</organismo>
    <organismo>Juzgados de Instrucción:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MÓSTOLES NÚMERO 2</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MÓSTOLES NÚMERO 2 
 EDICTO
 
 139 
 Juicio de faltas 244 de 2010 
  Doña Sara Hervás González, secretaria del Juzgado de instrucción número 2 de Móstoles.
  Hago saber: Que en el juicio de faltas número 244 de 2010 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:
  Sentencia número 308 de 2010
  En Móstoles, a 4 de octubre de 2010..Vistos por doña Inés Malagón Martín, magistrada-juez del Juzgado de instrucción número 2 de Móstoles, los presentes autos de juicio de faltas número 244 de 2010, en los que ha sido parte el ministerio fiscal, y como denunciante don José Sánchez Marcos y como denunciado don Miguel Ángel López Quintas.
  Fallo
  Que debo condenar y condeno a don Miguel Ángel López Quintas, como autor de una falta de estafa del artículo 623.4 del Código Penal en grado de tentativa, a la pena de treinta días de multa, con una cuota diaria de 6 euros, con la responsabilidad personal subsidiaria del artículo 53 del Código Penal en caso de impago, así como a abonar las costas del presente procedimiento
  Contra esta resolución puede interponerse recurso de apelación en el plazo de cinco días a contar desde su notificación escrita, ante este mismo Juzgado, que será resuelto por la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid.
  Llévese certificación de la presente a los autos principales.
  Y para que conste y sirva de notificación de sentencia don Miguel Ángel López Quintas, actualmente en paradero desconocido, haciéndole saber que contra la misma cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid, dentro del plazo de cinco días, expido la presente en Móstoles, a 21 de octubre de 2010..La secretaria (firmado).
  (03/41.663/10)</texto>
</documento>