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    <departamento>ALCALÁ DE HENARES</departamento>
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    <titulo>– Alcalá de Henares. Otros anuncios. Iniciación expediente orden ejecución limpieza solar</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>282</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Alcalá de Henares</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE ALCALÁ DE HENARES 
 OTROS ANUNCIOS
 
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 Iniciación expediente orden ejecución limpieza solar 
  Al haber sido intentada y no haberse podido practicar la notificación de la resolución de la Concejalía de Urbanismo de fecha 20 de julio de 2010 a “Instalaciones, Viviendas y Locales, Sociedad Anónima”, relativo a la iniciación de expediente de orden de ejecución de limpieza de solar en mal estado en la calle Laguna, número 2, de conformidad con lo establecido en el artículo 59.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, que dice literalmente lo que sigue:
  Dada cuenta a mi autoridad de que por resolución de la Concejalía de Urbanismo, de fecha 18 de marzo de 2010, se iniciaba a los herederos de don José Lores Remón la limpieza de solar en mal estado en la calle Laguna, número 2.
  Teniendo en cuenta que la propietaria del solar es “Instalaciones, Viviendas y Locales, Sociedad Anónima”.
  De conformidad con lo establecido en el artículo 168 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid.
  En virtud de la delegación de competencias realizadas por la Junta de Gobierno Local, de fecha 28 de junio de 2007, vengo en decretar:
  Primero..Iniciar expediente a “Instalaciones, Viviendas y Locales, Sociedad Anónima”, de orden de ejecución de limpieza de solar en mal estado en la calle Laguna, número 2.
  Segundo..Conceder trámite de audiencia y vista del expediente a la interesada por un plazo de quince días, contados a partir del día siguiente a la recepción de la notificación de la presente resolución, conforme a lo establecido en el artículo 84 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, durante el cual podrán alegar y presentar los documentos y justificaciones que estimen pertinentes.
  Tercero..Notifíquese esta resolución a la interesada, haciendo constar que no pone fin a la vía administrativa y que, por tratarse de un mero acto de trámite, contra la presente resolución no cabe recurso alguno.
  Alcalá de Henares, a 4 de noviembre de 2010..El titular del órgano de apoyo a la Junta de Gobierno Local (firmado).
  (02/11.098/10)</texto>
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