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    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 21</departamento>
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    <fecha_publicacion>2010/11/25</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 21. Ejecución 195 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>282</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 21</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 21 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 198 
 Ejecución 195 de 2010 
  Doña María del Carmen Quintas Pérez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 21 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 195 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Mihaela Gabriela Pislariu y don Nicolae Elvis Laba, contra Club Deportivo Europa Odal, sobre despido, se ha diligencia de ordenación dictado del tenor literal siguiente:
  Diligencia de ordenación de la secretaria judicial, doña María del Carmen Quintas Pérez..En Madrid, a 29 de octubre de 2010.
  Habiéndose acordado la suspensión de la comparecencia señalada para el pasado 28 de octubre de 2010 al no constar citada en legal forma al demandado Club Deportivo Europa Odal, se acuerda citar de nuevo a las partes, de conformidad con el dispuesto en el artículo 278 de la Ley de Procedimiento Laboral, al objeto de oírles en comparecencia que se celebrará en la Sala de audiencias de este Juzgado el día señalado en la suspensión del incidente, el día 15 de diciembre de 2010, a las nueve horas, que solo versara sobre la inadmisión y la imposibilidad, en su caso, de readmitir a los trabajadores por cese o cierre de las empresas, a la que deberán acudir con todos los medios de prueba de que intenten valerse en orden a esa cuestión.
  Cíteseles en legal forma a tal fin, quedando advertidas de que si no acudiese la parte demandante (por sí o debidamente representada) se le tendrá por desistida de su petición, en tanto que si el ausente fuese el empresario (por sí o legalmente representado) el acto se celebrará sin su presencia.
  Cítese al demandado Club Deportivo Europa Odal a través del Servicio Común de Notificaciones y Embargos de los Juzgados de Madrid, servicios de correos y edictos que se fijarán en el tablón de anuncios de este Juzgado y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a Club Deportivo Europa Odal, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 29 de octubre de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/43.252/10)</texto>
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