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    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 5</departamento>
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    <titulo>Madrid número 5. Demanda 594 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>282</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 5 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 136 
 Demanda 594 de 2010 
  Doña Carmen Olmo Gil, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 5 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 594 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Pedro Pablo Frates Mínguez, contra la empresa “Rolanca, Sociedad Anónima”, sobre despido, se ha dictado auto, cuya parte dispositiva es la siguiente:
  Auto
  En Madrid, a 20 de octubre de 2010.
  Parte dispositiva:
  Se declara extinguida la relación laboral que unía a don Pedro Pablo Frates Mínguez con la empresa “Rolanca, Sociedad Anónima”, condenando a esta a que a abone a aquel las cantidades siguientes:
  Nombre del trabajador: don Pedro Pablo Frates Mínguez.
  Indemnización: 68.268,90 euros.
  Salarios: 10.836 euros.
  Notifíquese esta resolución a las partes.
  Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de su notificación, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184.2 de la Ley de Procedimiento Laboral).
  Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo..La magistrada-juez de lo social, Ángela Mostajo Veiga.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Rolanca, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, advirtiéndose que las sucesivas notificaciones se realizarán en los estrados del Juzgado, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 20 de octubre de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/42.039/10)</texto>
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