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    <identificador>BOCM-20101124-91</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>POZUELO DE ALARCÓN</departamento>
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    <fecha_publicacion>2010/11/24</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Pozuelo de Alarcón. Ofertas de empleo. Bases específicas procesos de consolidación de empleo temporal</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>281</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE POZUELO DE ALARCÓN 
 OFERTAS DE EMPLEO
 
 91 
 Bases específicas procesos de consolidación de empleo temporal 
  La Junta de Gobierno Local, en sesión de 15 de septiembre de 2010, ha acordado, entre otros, el siguiente acuerdo, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor libre:
  Rectificar los errores materiales o de hecho advertidos en los acuerdo de la Junta de Gobierno Local, de 30 de junio de 2010, aprobatorios de las bases específicas para la cobertura de los puestos/plazas a continuación indicados, correspondientes todos ellos a los procesos de consolidación de empleo temporal convocados por decretos de Alcaldía de 4 de agosto de 2010, en el siguiente sentido:
  Plaza/puesto: DUE:
  Dentro del anexo I, relativo al temario específico, deben añadirse los siguientes temas que por error no se reflejaron:
  “49. Vigilancia de la salud en la Administración Local.
  50. Pruebas complementarias en salud laboral.
  51. Formación e información en salud laboral.
  52. Protección de datos en vigilancia de la salud.
  53. Asistencia del accidente de trabajo en la Administración Local”.
  Plaza/puesto: operador administrativo:
  Dentro del anexo I, relativo al temario específico, donde dice: “5. El reglamento de Organización y Funcionamiento del Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón”; debe decir: “El Reglamento Orgánico de Gobierno y Administración del Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón”.
  Plaza/puesto: oficial de transporte sanitario:
  Dentro del anexo I, relativo al temario específico:
  .	Donde dice: “2. Normativa específica reguladora de las funciones del técnico de emergencias sanitarias”; debe decir: “Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica”.
  .	Donde dice: “3. Apoyo del técnico auxiliar de transporte sanitario ante las hemorragias”; debe decir: “Actuación del oficial de transporte sanitario ante las hemorragias”.
  .	Donde dice: “12. Transporte sanitario; concepto, tipo de características”; debe decir: “12. Transporte sanitario: concepto, tipo de características. Tipos de ambulancia. Partes y material de las ambulancias”.
  .	Donde dice: “15. Protocolos específicos del SEAPA (I): Desfibrilación semiautomática y reanimación. Protocolo de desfibrilación semiautomática”; debe decir: “15. Reanimación cardiopulmonar con desfibrilación semiautomática y manejo de vía aérea avanzada”.
  .	Se suprimen los temas números. 13 y 16.
  .	Se añaden con e número de orden correspondiente los siguientes temas:
  l	“Actuación del oficial de transporte sanitario en el manejo de la vía aérea y ventilación del paciente”.
  l	“Actuación del oficial de transporte sanitario en el manejo de shock”.
  .	Debe renumerarse cada uno de los temas en sentido acorde con el orden que les corresponde.
  La rectificación de las aludidas bases deberá ser objeto de publicación en el mismo modo que lo fue la aprobación de las mismas.
  Lo que se publica para general conocimiento, significándose que contra el presente acuerdo, y de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, podrá interponerse, potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que la ha dictado, contado a partir del día siguiente al de la presente publicación, o directamente recurso contencioso administrativo, en el plazo de dos meses, contado, asimismo, a partir de dicho momento, ante el órgano correspondiente del orden jurisdiccional contencioso-administrativo, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 14 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha jurisdicción.
  En Pozuelo de Alarcón, a 17 de septiembre de 2010..El alcalde, Gonzalo Aguado Aguirre.
  (02/9.391/10)</texto>
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