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    <titulo>– Galapagar. Organización y funcionamiento. Reglamento creación ficheros datos carácter personal</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>280</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Galapagar</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE GALAPAGAR 
 ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
 
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 Reglamento creación ficheros datos carácter personal 
  El Pleno de este Ayuntamiento, en la sesión ordinaria celebrada el 28 de octubre de 2010, aprobó inicialmente el Reglamento para la creación de los siguientes ficheros de datos de carácter personal del Ayuntamiento de Galapagar.
  Fichero: GRABACIÓN DE SESIONES PLENARIAS.
  En cumplimiento de lo que dispone el artículo 49 de la Ley 7/1985, se abre un período de información pública por el plazo de treinta días para la presentación de reclamaciones o sugerencias.
  El expediente podrá ser examinado, dentro del plazo indicado, en la Secretaría Municipal, en horario de atención al público (lunes a viernes, de nueve a catorce horas).
  Régimen de recursos: contra el acuerdo de aprobación inicial del Reglamento, por tratarse de un acto de trámite, no cabe interponer recurso alguno, de conformidad con el artículo 107 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, sin perjuicio de que se pueda manifestar la oposición a este acto de trámite para su consideración en la resolución que ponga fin al procedimiento.
  Galapagar, a 29 de octubre de 2010..El alcalde-presidente, Daniel Pérez Muñoz.
  (03/42.185/10)</texto>
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