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    <titulo>– Robregordo. Organización y funcionamiento. Ordenanza reguladora servicio auto-taxi</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>277</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>ROBREGORDO</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE ROBREGORDO 
 ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
 
 94 
 Ordenanza reguladora servicio auto-taxi 
  Por la Asamblea Vecinal del Ayuntamiento de Robregordo (Madrid), en sesión celebrada el 26 de junio de 2010, acordó la aprobación inicial de la ordenanza reguladora del servicio de auto-taxi en el municipio de Robregordo, y en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y en el artículo 56 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen local, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días hábiles a contar desde el día siguiente a la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que pueda ser examinado y se presenten las reclamaciones que estimen oportunas.
  Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho acuerdo.
  En Robregordo, a 27 de octubre de 2010..El alcalde, Óscar J. Monterrubio Rodríguez.
  (03/42.129/10)</texto>
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