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    <identificador>BOCM-20101119-9</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>Vicepresidencia, Consejería de Cultura y Deporte y Portavocía del Gobierno</departamento>
    <rango>RESOLUCIÓN</rango>
    <fecha_publicacion>2010/11/19</fecha_publicacion>
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    <titulo>Acuerdo Comisión Bilateral de Cooperación
– Resolución de 20 de octubre de 2010, por la que se ordena la publicación del Acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad de Madrid, en relación con la Ley de la Comunidad de Madrid 5/2010, de 12 de julio, de Medidas Fiscales para el Fomento de la Actividad Económica</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>277</diario_numero>
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    <seccion>I. COMUNIDAD DE MADRID</seccion>
    <apartado>C) Otras Disposiciones</apartado>
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  <texto>I. COMUNIDAD DE MADRID 
  C) Otras Disposiciones 
  VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE CULTURA Y DEPORTE Y PORTAVOCÍA DEL GOBIERNO 
 
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 Resolución de 20 de octubre de 2010, por la que se ordena la publicación del Acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad de Madrid, en relación con la Ley de la Comunidad de Madrid 5/2010, de 12 de julio, de Medidas Fiscales para el Fomento de la Actividad Económica. 
  Conforme a lo establecido en el artículo 33 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, modificado por la Ley Orgánica 1/2000, de 7 de enero,  esta Secretaría General Técnica dispone la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID del Acuerdo que se transcribe como Anexo a la presente Resolución.
  Madrid, a 20 de octubre de 2010..El Secretario General Técnico de la Vicepresidencia, Consejería de Cultura y Deporte y Portavocía del Gobierno, Borja Sarasola Jáudenes.
  ANEXO
  ACUERDO DE LA COMISIÓN BILATERAL DE COOPERACIÓN ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO-COMUNIDAD DE MADRID EN RELACIÓN CON LA LEY DE LA COMUNIDAD DE MADRID 5/2010, DE 12 DE JULIO, DE MEDIDAS FISCALES PARA EL FOMENTO DE LA ACTIVIDAD ECONÓMICA
  La Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad de Madrid, en su reunión celebrada el día 19 de octubre de 2010 ha adoptado el siguiente Acuerdo:
  1.o  Iniciar negociaciones para resolver las discrepancias manifestadas en relación con la nueva redacción dada al artículo 9.4 de la Ley de la Comunidad de Madrid 1/1997, Reguladora de la Venta Ambulante de la Comunidad de Madrid; por la disposición final segunda de la Ley de la Comunidad de Madrid 5/2010, de 12 de julio, de Medidas Fiscales para el Fomento de la Actividad Económica.
  2.o  Designar un grupo de trabajo para proponer a la Comisión Bilateral de Cooperación la solución que proceda.
  3.o  Comunicar este Acuerdo al Tribunal Constitucional antes del día 23 de octubre de 2010, a los efectos previstos en el artículo 33.2 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, así como insertar el presente Acuerdo en el “Boletín Oficial del Estado” y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  (03/43.313/10)</texto>
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