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    <fecha_publicacion>2010/11/19</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 31. Demanda 1.812 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>277</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 31 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 286 
 Demanda 1.812 de 2009 
  Doña Amalia del Castillo de Comas, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 31 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.812 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don David González Martín, contra la empresa “Cerámica Técnica del Henares, Sociedad Anónima”, sobre ordinario, se ha dictado sentencia, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:
  Que estimando la demanda interpuesta por don David González Martín, debo condenar y condeno a “Cerámica Técnica del Henares, Sociedad Anónima”, a abonar a la parte actora la cuantía de 8.550,95 euros en concepto de indemnización, así como el 10 por 100 en concepto de mora.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Cerámica Técnica del Henares, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 20 de octubre de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/40.790/10)</texto>
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