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    <fecha_publicacion>2010/11/19</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 19. Demanda 796 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>277</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 19 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 244 
 Demanda 796 de 2010 
  Don Alfonso Lozano de Benito, secretario judicial del Juzgado de lo social número 19 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 796 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María Cubo Useros, contra la empresa “Reformair, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado auto de aclaración de la sentencia número 796 de 2010, de fecha 7 de septiembre de 2010, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
  Dispongo: Examinada de hecho la sentencia se aprecia la necesidad de aclararla en el sentido que a continuación se dice:
  «Fallo
  Que estimando la demanda formulada por doña María Cubo Useros, contra la empresa “Reformair, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, debo declarar y declaro improcedente el despido de la actora, condenando a la empresa demandada a que indemnice a la trabajadora con la cantidad de 14.424,64 euros y salarios de tramitación desde el 27 de abril de 2010 hasta el día de esta fecha, a razón de 42,27 euros diarios, declarando con esta fecha extinguida la relación laboral, todo ello con la responsabilidad que, en su caso, y dentro de los límites legales, corresponda al Fondo de Garantía Salarial, y sin perjuicio de las situaciones de incompatibilidad que provenga de la situación de empleo de la actora o de la percepción de prestaciones por desempleo.»
  Quedando íntegramente igual el resto de la resolución.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en el tablón de anuncios de este Juzgado, salvo las que revistan forma de decreto, auto o sentencia o se trate de emplazamiento, que serán publicadas en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Reformair, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el tablón de anuncios de este Juzgado y, en su caso, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 14 de octubre de 2010..El secretario judicial (firmado).
  (03/40.971/10)</texto>
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