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    <fecha_publicacion>2010/11/19</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 12. Ejecución 3 de 2006</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>277</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 12</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 12 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 198 
 Ejecución 3 de 2006 
  Doña Montserrat Torrente Muñoz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 12 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 3 de 2006 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Eva Domínguez Tejeda, contra don David López Barrio, sobre ordinario, se ha dictado decreto de embargo del subsidio por desempleo, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
  Parte dispositiva:
  Se acuerda el embargo sobre el subsidio de desempleo, que del Servicio Público Estatal de Empleo perciba don David López Barrio, apremiado en las presentes actuaciones, por un importe suficiente a cubrir principal, intereses y costas provisionales, por lo que requiérase a la referida entidad, bajo su personal responsabilidad, para que retenga y remita mensualmente, hasta la total liquidación de la deuda, las cantidades que excedan al salario mínimo interprofesional, debiéndose acreditar mediante copia de la hoja de salarios o equivalente el importe del mismo.
  Adviértase:
  a)  Que el pago que, en su caso, hiciere al apremiado no sería válido (artículo 1.165 Código Civil) y que asimismo la transferencia ordenada le libera de toda responsabilidad frente al acreedor.
  b)  De las responsabilidades penales en que pueden incurrir quienes auxilien o se confabulen con el apremiado para ocultar o sustraer alguna parte de sus bienes o créditos (artículos 257 del Código Penal y 893 del Código de Comercio).
  Modo de impugnación: contra la misma podrán interponer recurso de reposición en el plazo de cinco días hábiles a contar desde el siguiente al de su notificación.
  Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a don David López Barrio, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 19 de octubre de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/40.832/10)</texto>
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