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    <fecha_publicacion>2010/11/19</fecha_publicacion>
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    <titulo>Collado Villalba número 4. Juicio de faltas 190 de 2008</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>277</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia e Instrucción:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE COLLADO VILLALBA NÚMERO 4</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE COLLADO VILLALBA NÚMERO 4 
 EDICTO
 
 132 
 Juicio de faltas 190 de 2008 
  Doña Silvia de la Encina Martín, secretaria del Juzgado de instrucción número 4 de Collado Villalba.
  Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 190 de 2008 se ha dictado la presente sentencia, que su encabezamiento y parte dispositiva dice:
  Sentencia número 166 de 2009
  En Collado Villalba, a 13 de septiembre de 2010..Doña Marta García Sipols, magistrada-juez de instrucción, habiendo visto y oído en juicio oral y público el presente juicio de faltas número 190 de 2008, seguido por una falta de lesiones imprudentes, contra don Adolfo Cordero Bermejo, habiendo sido parte en el mismo el ministerio fiscal.
  Fallo
  Que condeno a don Adolfo Pastor González, como autor responsable de una falta de lesiones imprudentes, a la pena de treinta días de multa, a razón de 3 euros día, en total 90 euros, con apremio personal subsidiario de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas, condenándole al pago de costas, si las hubiere, y como autor responsable de una falta de amenazas, a la pena de veinte días de multa, con cuota diaria de 2 euros, en total 40 euros, con el mismo apremio personal.
  Asimismo, deberá indemnizar a don Daniel Pririz Montalvo en la cantidad de 550 euros por las lesiones sufridas y 280 euros por los daños causados.
  La presente resolución no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de apelación, en ambos efectos, en este Juzgado para ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid en el plazo de cinco días desde su notificación.
  Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
  Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Adolfo Pastor González, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón de anuncios de este Juzgado, expido la presente en Collado Villalba, a 13 de septiembre de 2010..La secretaria (firmado).
  (03/40.810/10)</texto>
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