<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20101119-117</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 18</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2010/11/19</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Madrid número 18. Juicio de faltas 251 de 2010-R</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>8</pagina_inicial>
    <pagina_final>8</pagina_final>
    <diario_numero>277</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/2010-11-19-277041120100265</url_html>
    <url_xml>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/11/19/BOCM-20101119-117.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/11/19/BOCM-20101119-117.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/11/19/BOCM-20101119-117.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Instrucción:</organismo>
    <organismo>Juzgados de Instrucción:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 18</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 18 
 EDICTO
 
 117 
 Juicio de faltas 251 de 2010-R 
  Don José Carlos González Arnal, secretario del Juzgado de instrucción número 18 de Madrid.
  Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 251 de 2010 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:
  Sentencia número 158 de 2010
  En Madrid, a 16 de abril de 2010..El ilustrísimo señor don Ángel José Lerá Carrasco, magistrado-juez del Juzgado de instrucción número 18 de Madrid, ha visto los presentes autos de juicio de faltas número 251 de 2009 sobre presunta falta de hurto, con intervención del ministerio fiscal, en representación de la acción pública, y como implicados doña María Karina España Vaca, con domicilio en la avenida de Encarnación Oviol, número 43, segundo N, de Madrid; “Condis”, con domicilio en la avenida de la Galaxia, número 21, de Madrid, y don Marcel Lungu, con domicilio en la calle Perpetua Díaz, número 18, de Madrid.
  Fallo
  Que debo condenar y condeno a don  Marcel Lungu, como auto de una falta de hurto, en grado de tentativa, a la pena de multa de un mes, con una cuota diaria de 2 euros, con una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas, y al pago de las costas de este procedimiento, extinguiéndose el depósito constituido con respecto a los efectos recuperados, que quedarán de plena propiedad del establecimiento.
  Contra esta sentencia cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid, a interponer en este Juzgado en el término de cinco días.
  Así por este mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
  Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Marcel Lungu, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Madrid, a 5 de octubre de 2010..El secretario (firmado).
  (03/40.993/10)</texto>
</documento>