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    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE FERROL NÚMERO 2</departamento>
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    <fecha_publicacion>2010/11/18</fecha_publicacion>
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    <titulo>Ferrol número 2. Demanda 218 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>276</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE FERROL NÚMERO 2</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE FERROL NÚMERO 2 
 EDICTO
 
 335 
 Demanda 218 de 2010 
  Doña Marta de Vicente Gutiérrez, secretaria de lo social del número 2 de los de Ferrol.
  Hago saber: Que por diligencia de ordenación dictada en el día de la fecha en el proceso seguido a instancias de don Luis Pena Carballeira, contra Instituto Nacional de la Seguridad Social, “Auxini, Sociedad Anónima”, Tesorería General de la Seguridad Social, “Casino Ferrolano”, “Mutua Cyclops” y “Canteras Ferrolanas, Sociedad Anónima”, en reclamación por Seguridad Social, registrado con el número 218 de 2010, se ha acordado la siguiente resolución:
  Diligencia de ordenación de la secretaria, doña Marta de Vicente Gutiérrez..En Ferrol, a 11 de octubre de 2010.
  Por presentado el anterior escrito, únase a los autos de su razón y dese traslado del mismo a la parte contraria. Se tiene por ampliada la demanda contra “Mutua Cyclops” y “Casino Ferrolano”; en consecuencia, cítese a las partes, en única convocatoria, para su asistencia a los actos de conciliación y, en su caso, juicio que tendrán lugar el día 23 de noviembre de 2010, a las nueve cuarenta y cinco horas, en la Sala de vistas de este Juzgado, sita en Palacio de Justicia, calle Coruña, sin número, primera planta. Hágase entrega a la parte demandada contra la que se amplió la demanda de copia de la misma y del resto de los documentos.
  Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición, que se presentará en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de su notificación, y cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral).
  Y para que sirva de notificación y citación a “Auxini, Sociedad Anónima”, se expide la presente cédula para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y colocación en el tablón de anuncios.
  En Ferrol, a 11 de octubre de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/41.824/10)</texto>
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