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    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 1</departamento>
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    <fecha_publicacion>2010/11/18</fecha_publicacion>
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    <titulo>Móstoles número 1. Ejecución 380 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>276</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 1</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 1 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 317 
 Ejecución 380 de 2010 
  Doña Victoria Esteban Delgado, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Móstoles.
  Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 380 de 2010-V de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Carlos Javier Fuentes Perea, contra la empresa “Distribuciones Bugarpe, Sociedad Limitada”, sobre ejecución, se ha dictado la siguiente resolución:
  Propuesta de providencia de la secretaria judicial, doña Victoria Esteban Delgado..En Móstoles, a 14 de octubre de 2010.
  La solicitud de ejecución de sentencia de la parte demandante, únase a los autos de su razón, y dese traslado de copia a las otras partes afectadas.
  Se tiene por solicitada la ejecución de la obligación de readmitir impuesta en sentencia a la empresa “Distribuciones Bugarpe, Sociedad Limitada”, a favor del demandante don Carlos Javier Fuentes Perea, y previo a su resolución, se acuerda oír a las partes en comparecencia que se celebrará en este Juzgado de lo social, sito en la calle San Antonio, número 6, planta segunda, el día 29 de noviembre de 2010, a las doce y veinte horas, que solo versará sobre la falta de readmisión en debida forma que se ha alegado, a la que deberán acudir con todos los medios de prueba de que intenten valerse en orden a esa cuestión. Cíteselas en legal forma a tal fin, quedando advertidas de que si no acudiese la parte demandante (por sí o debidamente representada) se la tendrá por desistida de su petición, en tanto que si el ausente fuese el empresario (por sí o legalmente representado) el acto se celebrará sin su presencia.
  Notifíquese a las partes esta resolución a las partes, sirviendo de citación.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Distribuciones Bugarpe, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Móstoles, a 14 de octubre de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/41.840/10)</texto>
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