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    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 19</departamento>
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    <fecha_publicacion>2010/11/18</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 19. Demanda 1.150 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>276</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 19</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 19 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 202 
 Demanda 1.150 de 2009 
  Don Alfonso Lozano de Benito, secretario judicial del Juzgado de lo social número 19  de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.150 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Teresa Alonso González, doña Ana María Pérez Tamayo y don Luis Rubio Romero, contra las empresas “Astrodomus 3006, Sociedad Limitada”, “Matepa Jual, Sociedad Limitada”, y “Bespoke Retail Store, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva en su tenor literal es la siguiente:
  Fallo
  Que estimando la demanda interpuesta por doña Teresa Alonso González, doña Ana María Pérez Tamayo y don Luis Rubio Romero, contra “Astrodomus 3006, Sociedad Limitada”, “Matepa Jual, Sociedad Limitada”, “Bespoke Retail Store, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, que no comparecen pese a estar citados en legal forma, debo de condenar y condeno a las demandadas a abonar a los actores la suma de 2.481,82 euros a doña Teresa Alonso González, 2.422,89 euros a doña Ana María Pérez Tamayo y 2.391,94 euros, a don Luis Rubio Romero, por los conceptos de su demanda, más el 10 por 100 de interés de mora.
  En cuanto al Fondo de Garantía Salarial habrá de estar y pasar por esta declaración.
  Se advierte a las destinatarias que las siguientes comunicaciones se harán en el tablón de anuncios de este Juzgado, salvo las que revistan forma de decreto, auto o sentencia, o se trate de emplazamiento que serán publicadas en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  Y para que les sirva de notificación en legal forma a “Astrodomus 3006, Sociedad Limitada”, “Matepa Jual, Sociedad Limitada”, y “Bespoke Retail Store, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el tablón de anuncios de este Juzgado, y en su caso, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 4 de octubre de 2010..El secretario judicial (firmado).
  (03/40.729/10)</texto>
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