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    <fecha_publicacion>2010/11/17</fecha_publicacion>
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    <titulo>Colmenar Viejo número 6. Juicio de faltas 57 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>275</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia e Instrucción:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE COLMENAR VIEJO NÚMERO 6</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE COLMENAR VIEJO NÚMERO 6 
 EDICTO
 
 130 
 Juicio de faltas 57 de 2010 
  Don Santiago Barrera Lorente, secretario del Juzgado de instrucción número 6 de Colmenar Viejo.
  Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 57 de 2010 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:
  Doña Raquel Sánchez Escobar, magistrada-juez de primera instancia e instrucción del número 6 de los de esta ciudad, ha visto los presentes autos de juicio de faltas número 57 de 2010, seguidos por la presunta falta de hurto, con intervención del señor fiscal, en la representación de la acción pública, y como implicados: doña Irma Mariela Ponce Sotelo, “Supermercado DIA” y don Mohamed Belalli.
  Fallo
  Que debo condenar y condeno a don Mohamed Belalli, como autor responsable de una falta de hurto del artículo 623 del Código Penal, a una pena de treinta días de multa, a razón de 4 euros diarios, quedando sujeto a la responsabilidad subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas de multa no satisfechas, y que indemnice a “Supermercados DIA” en la cantidad de 100,76 euros, y al pago de las costas causadas.
  Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
  Notifíquese la presente resolución al ministerio fiscal y demás partes intervinientes e implicados, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación en el plazo de cinco días a contar desde la notificación de la presente resolución.
  Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Mohamed Belalli, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Colmenar Viejo, a 11 de octubre de 2010..El secretario (firmado).
  (03/40.328/10)</texto>
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