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    <fecha_publicacion>2010/11/17</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 81. Procedimiento ordinario 1.700 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 81</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 81 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 114 
 Procedimiento ordinario 1.700 de 2009 
  En el procedimiento ordinario número 1.700 de 2009, sobre otras materias, se ha dictado sentencia de fecha 5 de mayo de 2010, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:
  Fallo
  Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación, acuerdo: Estimar íntegramente la demanda promovida por doña Tourya Ait El Cadi Ep Courtam, contra don Mohamed El Rhiati, y, en consecuencia, condeno a don Mohamed El Rhiati a que abone a la actora la suma de 12.940 euros, más el interés legal del dinero desde la fecha de presentación de la demanda (2 de septiembre de 2009), que se incrementará en dos puntos desde la fecha de la presente resolución, y las costas de este procedimiento.
  Notifíquese la presente resolución a las partes en legal forma, con la indicación de que la misma no es firme, y que contra la cual cabe recurso de apelación a preparar en el plazo de cinco días desde la notificación, ante este Juzgado.
  Líbrese y únase testimonio de la presente resolución a las actuaciones con inclusión de la original en el libro de sentencias.
  Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
  Y como consecuencia del ignorado paradero de don Mohamed El Rhiati se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.
  Madrid, a 4 de octubre de 2010..El secretario (firmado).
  (03/40.330/10)</texto>
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