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    <titulo>Madrid. Sección Octava. Recurso de apelación 734 de 2008</titulo>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID 
 Sección Octava
 EDICTO
 
 109 
 Recurso de apelación 734 de 2008 
  Acordado en el rollo de apelación civil número 734 de 2008, dimanante de los autos de juicio verbal número 513 de 2006 del Juzgado de primera instancia número 4 de Alcorcón, se dictó sentencia con el número 368 de 2009 con fecha 5 de octubre de 2009, cuyo fallo dice:
  Fallamos
  Que estimando el recurso de apelación interpuesto por la representación procesal de “Effico Iberia, Sociedad Anónima”, frente a la sentencia de fecha 27 de abril de 2009, dictada por el Juzgado de primera instancia número 4 de Alcorcón, debemos revocar y revocamos la referida resolución y, en su lugar, debemos de estimar y estimamos la demanda rectora de las actuaciones condenando a don Rafael Joaquín Cruzado Gallego a abonar a la actora la cantidad de 1.723,21 euros, más los intereses legales, con la expresa imposición de las costas causadas en la primera instancia. Sin expresa imposición de costas en esta alzada a ninguna de las partes.
  Así por esta nuestra sentencia, de la que se unirá certificación literal al rollo de sala, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.
  Y para que sirva y conste de notificación al apelado don Rafael Joaquín Cruzado Gallego, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido y firmo el presente.
  En Madrid, a 18 de junio de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (02/10.772/10)</texto>
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