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    <fecha_publicacion>2010/11/16</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 21. Demanda 979 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>274</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 21 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 190 
 Demanda 979 de 2010 
  Doña Marta Menárguez Salomón, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 21 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 979 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Telmo Efraín Nájera Jaya, don Guillermo Fernando Benalcázar Bueñano, don Jaime Alejandro Benalcázar Bueñano, don José Antonio Álvarez San José y don Benigno Benjamín Vasco Pozo, contra la empresa “Alumrom, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado auto de acumulación del tenor literal siguiente:
  Acumúlese a los autos número 979 de 2010 el que se sigue en este Juzgado con el número 1.162 de 2010, discutiéndose conjuntamente en un solo procedimiento y debiendo resolverse en una sola resolución todas las cuestiones planteadas.
  En este mismo acto se hace saber a las partes que se mantiene la fecha de señalamiento prevista para el día 17 de noviembre de 2010, a las diez y cuarenta horas de su mañana, en la Sala de audiencias de este Juzgado, sito en la calle Hernani, número 59, de esta ciudad, debiendo citarse a las partes con entrega a los demandados y a los interesados de copia de la demanda y demás documentos aportados, con las advertencias previstas en los artículos 82.2 y 83 de la Ley de Procedimiento Laboral.
  Con respecto al otrosí: conforme se solicita en la demanda, ha lugar al interrogatorio del representante legal de la empresa demandada para confesar en juicio personalmente, bajo apercibimiento de que, de no comparecer sin justa causa, podrá ser tenida por confesa en la sentencia (artículo 91 de la Ley de Procedimiento Laboral). Ha lugar a la prueba documental.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Alumrom, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 12 de noviembre de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/42.881/10)</texto>
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