<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20101115-74</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>DELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN MADRID</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2010/11/15</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>– Delegación de Gobierno. Área Funcional de Fomento. Acuerdos iniciación expedientes sancionadores</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>13</pagina_inicial>
    <pagina_final>13</pagina_final>
    <diario_numero>273</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/2010-11-15-273041120100217</url_html>
    <url_xml>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/11/15/BOCM-20101115-74.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/11/15/BOCM-20101115-74.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/11/15/BOCM-20101115-74.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO</seccion>
    <organismo>DELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN MADRID</organismo>
    <organismo>Área Funcional de Fomento</organismo>
  </analisis>
  <texto>II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO 
  DELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN MADRID 
 Área Funcional de Fomento
 
 74 
 Acuerdos iniciación expedientes sancionadores 
  De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” número 285, de 27 de noviembre de 1992), modificada por la Ley 4/1999 , de 13 de enero (“Boletín Oficial del Estado” número 12, de 14 de enero de 1999) se notifica, a las personas que a continuación se relacionan, los acuerdos de iniciación de los expedientes sancionadores instruidos el Área Funcional de Fomento de la Delegación del Gobierno de Madrid por posible infracción a la Ley 39/2003, de 17 de noviembre, del Sector Ferroviario (“Boletín Oficial del Estado” de 19 de noviembre), en cuanto que, habiéndose intentado las notificaciones de los mismos por dos veces, en el último domicilio conocido de cada uno de ellos, no se han podido practicar satisfactoriamente.
  Contra estos acuerdos de iniciación, podrán aportar cuantas alegaciones, documentos o informaciones deseen y, en su caso, proponer prueba concretando los medios de que pretendan valerse, en el plazo de quince días hábiles contados a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la publicación del presente en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Si no efectúan alegaciones en ese plazo, se advierte que el acuerdo de iniciación podrá ser considerado propuesta de resolución, pudiéndose resolver el expediente con la imposición de sanción o adopción del acuerdo que proceda.
  Los correspondientes expedientes podrán examinarse en el Área de Fomento de la Delegación del Gobierno en Madrid, calle García de Paredes, número 65, tercera planta, 28010 Madrid.
   							Ver en documento PDF 						 
  Madrid, a 7 de septiembre de 2010.La delegada del Gobierno, Amparo Valcarce García.
  (02/9.991/10)</texto>
</documento>